QUE ES UN CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO ? - Educaconta.

ACUERDO DE VOLUNTADES.

El contrato de trabajo es un acuerdo de voluntades en donde se pone de manifiesto los derechos y obligaciones de cada una de las partes. Es el documento que formaliza la relación laboral entre empleador y empleado.
En caso de no existir un documento que formalice dicha relación laboral basta simplemente que el empleado haga constar con palabras y hechos desde cuando presta sus servicios al patrono o empleador con lo cual dará fe de su antigüedad en dicho puesto de trabajo.

Lo anterior crea el inconveniente de no poderse comprobar en un momento dado y generara el inconveniente de ser un factor de contradicciones, en muchos casos el afectado simplemente es el empleado, que no tuvo acceso a este documento, ya sea por olvido, conveniencia, irresponsabilidad, etc.
En cualquier país del mundo el contrato de trabajo es un instrumento legal, que garantiza el inicio de una relación laboral y dicho contrato debe elaborarse en triplicado, siendo su distribución para las partes interesadas el original es para el empleador, una copia debe entregársele al empleado y una copia debe remitirse a la dependencia de gobierno competente. En algunos casos es El Ministerio de Trabajo, Dirección General de Trabajo, etc.

El siguiente es un ejemplo de formato de contrato de trabajo.

(Clic sobre la imagen para ver el formato completo)


TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO
El Contrato de trabajo terminara sin responsabilidad para ninguna de las partes y sin necesidad de intervención judicial, por las causas siguientes.

A) Por el cumplimiento del plazo
B) Por el fallecimiento del empleador
C) Por la terminación de negocio como consecuencia directa al fallecimiento del empleador (en caso de no seguir operando el negocio)
D) Por la incapacidad legal, física o metal de cualquiera de las partes que haga imposible el cumplimiento del contrato o la continuación de la empresa o establecimiento en su caso
E) Por la disolución o liquidación de la sociedad, asociación o institución titular de la empresa o establecimiento, cuando se hubiere producido por la finalización del negocio o del objeto para que fuero creadas o por ser ambos de imposible realización
F) Por fuerza mayor o caso fortuito, cuando sus consecuencias no sean imputables al empleador y siempre que produzcan necesariamente la terminación de todo o parte del negocio
G) Por la terminación total o parcial de las actividades de la empresa o acordada por la junta de acreedores en los casos de quiebra
H) Por la sentencia ejecutoriada que imponga al empleado la pena de prisión o por sentencia ejecutoriada que imponga al empleador la misma pena cuando su ausencia produzca necesaria o inevitablemente la terminación del negocio

TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO (CON INTERVENCION JUDICIAL)

A) Por el cierre definitivo total o parcial, de la empresa o establecimiento o la reducción definitiva de las labores, motivada por la incosteabilidad de los negocios y autorizados por sentencia del juez de trabajo competente
B) Por clausura del negocio motivada por el agotamiento de la materia que se explota en las industrias extractivas y autorizada aquella por sentencia del juez de trabajo competente

TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO SIN RESPONSABILIDAD DEL EMPLEADOR

1) Por presentar información falsa al momento del contrato. Después de treinta días esto ya no tiene efecto
2) Por negligencia reiterada del empleado
3) Por la pérdida de la confianza del empleador hacia el empleado
4) Por revelar secretos de la empresa o aprovecharse de ellos
5) Por actos graves de inmoralidad del empleado dentro de la empresa
6) Irrespeto en contra del empleador o de algún jefe de la empresa
7) Irrespeto en contra del conyugue, ascendiente, descendiente o hermano del empleador si el empleado conoce el vínculo familiar
8) Por actos donde el empleado perturbe gravemente el orden de la empresa
9) Cuando el empleado maliciosamente o por negligencia grave ocasiones perjuicio materiales en la propiedad planta y equipo de la empresa
10) Si el empleado falta sus labores sin el permiso del empleador o sin causa justificada, durante dos días laborales completos y consecutivos, o durante tres días laborales no consecutivos en el mismo mes
11) Por desobedecer el empleado al empleador o sus representante en forma manifiesta y sin motivo justo, y que sean labores de la empresa
12) Por contravenir el empleado en forma manifiesta y reiterada las medidas preventivas o los procedimientos para evitar riesgos proporcionales
13) Por ingerir el empleado bebidas embriagantes o hacer usa de narcóticos o drogas enervantes en el lugar de trabajo o por presentarse a sus labores en estado de ebriedad
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2 comentarios

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March 12, 2014 at 9:31 AM ×

Encontré un sitio que te ayuda a generar ese contrato que necesitas, de una manera muy facil y sencilla y con muy buena atencion.
Se los recomiendo www.contratosfacil.com

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admin
July 3, 2015 at 4:12 PM ×

es muy importante tener en cuenta estos conceptos para saber entender que casos de contratos es para no tener errores al aceptar contratos

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admin
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