EL RIESGO DEL CONTADOR PÚBLICO EN LA PREVENCION DEL LAVADO DE ACTIVOS (PARTE 1)

Este tema hoy en día, siempre es de vigente actualidad; convirtiéndose en un flagelo que actúa sin medir las consecuencias sobre quienes van a ser las victimas en su vorágine destructora, ya que solamente les interesa el poder económico  generado por sus operaciones ilegales y que en todo caso doblegan voluntades de personajes de la política (poder ejecutivo, legislativo o judicial), empresarios, organizaciones deportivos, jugadores, empresarios y en algunos casos gente emprendedora común y corriente como lo son los millones de personas que viven en todo nuestro planeta.
El lavado de activos consiste en el proceso de ocultamiento de fondos de origen ilegal en moneda de curso legal (dólares, quetzales, lempiras, córdobas o bien colones ticos o cualquier moneda de curso legal depende el país donde se den estos casos), y los subsiguientes actos de simulación respecto de su origen, para hacerlos aparecer como legítimos.
En Centroamérica la ley contra el lavado de dinero y activos (Según convenio Centroamericano para la Prevención y la Represión de los Delitos del Lavado del Dinero y de Activos Relacionados con el Tráfico Ilícito de Drogas y Delitos Conexos.  Ratificado el 4 de diciembre de 1997) es aplicada a cualquier persona natural y jurídica aun cuando esta última no se encuentre legalmente constituida.
Dentro de las instituciones y actividades sometidas al control de esta ley están:

INSTITUCION O ACTIVIDAD
             INSTITUCION O ACTIVIDAD
A- Bancos Nacionales y Extranjeros
J- Casinos y Casas de Juego
B- Financieras
K- Comercio de metales piedras preciosas
C- Casas de Cambio de Moneda Extranjera
L- Transacciones de bienes raíces
D- Bolsas de Valores y Casas Corredoras de Bolsas
M- Agencias de viajes, transporte aéreo, terrestre y marítimo.
E- Bolsas de Productos y Servicios Agropecuarios.
N- Agencias de envió y encomienda.
F- Importaciones o Exportaciones de productos e insumos agropecuarios y de vehículos nuevos.
O- Empresas constructoras.
G- Sociedades e intermediarios de Seguros.
P- Agencias privadas de seguridad.
H-Sociedades Emisoras de Tarjetas de Crédito
Q- Industria Hotelera.
I- Instituciones y personas naturales que realizan transferencias sistemática o sustancial de fondos , incluidas las que otorgan prestamos
R- Cualquier otra institución, Asociación, Sociedad mercantil, grupo o conglomerado financiero.

Además de los anteriormente mencionados, los siguientes son delitos generadores de lavado de dinero y de activos:
1- Comercio de personas
  9- Soborno
2- Administración fraudulenta
10- Comercio ilegal y depósito de armas
3- Hurto y robo de vehículos
11- Evasión de impuestos
4- Secuestro
12- Contrabando de mercadería
5-Extorsion
13- Prevecaricato
6-Enriquecimiento Ilícito
14- Estafa
7- Negociaciones Ilícitas
15- Todo acto de encubrimiento y legalización de dinero o bienes procedentes de actividades delictivas.
8- Peculado


Prevención y control del lavado de activos
Es obligación que como máxima autoridad de una empresa, organización o grupo económico(Propietarios, Representantes Legales, Presidentes de Compañías), así como también los asesores en el aspecto contable me refiero a la figura del profesional en contaduría pública, se debe tener el cuidado necesario para controlar y evitar el lavado de activos como son: identificación del cliente, identificación de terceros beneficiarios (actuación de parte de un tercero), profesiones liberales ( un profesional liberal que actúa en el ejercicio de su profesión como intermediario financiero, el mismo no podrá invocar transacción), reporte de transacciones en efectivo, transacciones sospechosas, conservar documentos, establecer mecanismos de auditoría, confidencialidad, que su actividad económica refleje valores lógicos en cuanto a volumen ,valor y movimiento de fondos  y reportar de manera inmediata a la Fiscalía General de la Republica a través de la UIF y de la Superintendencia respectiva.

MEDIDAS DE REPRESION, SANCION Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS
En nuestro país como en toda Centroamérica se ratifico La ley contra el lavado de dinero y de activos, según el Convenio Centroamericano  para la Prevención la Represión de los Delitos del Lavado de Dinero y de Activos Relacionados con el Tráfico Ilícito de Drogas y Delitos Conexos, el 4 de diciembre de 1997. El salvador había aprobado dicha ley según decreto Legislativo No. 126 de fecha 30 de Octubre de 1997.

SANCION.
En nuestro país la sanción para una persona que haya cometido esta clase de delito tendrá una pena de cinco a quince años de prisión  y una multa de $ 10,384.00 dólares a $ 519,200.00 dólares (50 salarios mínimos x $ 207.68 y 2,500 salarios mínimos x $ 207.68)

Etapas del lavado de dinero                            
Son las etapas que tiene que llevar a cabo el lavador de dinero o activos para lograr su objetivo, que es dar la apariencia de legalidad del dinero y bienes que originalmente provienen de actividades ilícitas.

* Producción o recolección de la riqueza ilícita
Consiste en la recolección física del dinero en efectivo, resultado o producto del desarrollo de actividades ilícitas. Las personas criminales reciben cuantiosas sumas en efectivo o bienes que deben ingresar en el sistema financiero para poderle dar legitimidad en la economía del país. Con el fin de eludir controles el lavador de dinero y activos suele fraccionar las transacciones (pitufeo) o sobornar a empleados bancarios para que estos no informen los informes respectivos.
Fuente: Unidad de Investigación Penal Tributaria (DGII) Ministerio de Hacienda El Salvador.

* Acumulación o colocación
En esta etapa se introducen en el sistema financiero los fondos (dinero físico) o bienes (activos      provenientes de actividades ilícitas con el objeto de convertirlos en instrumentos financieros (cuentas bancarias, cheques de caja, etc.) para poder aportar su origen y dar apariencia legal al mismo.

* Estratificación o mezcla con fondos de origen legal
En esta etapa se lleva a cabo el encubrimiento de la verdadera fuente del dinero y activos de procedencia ilícita. Dicho proceso consiste en la realización de sucesivas operaciones financieras orientadas a eliminar su rastro o bien a que este sea más  complejo de encontrar de tal forma que impida conocer el verdadero origen ilícito de los fondos, mediante la mezcla con dinero legal.

* Integración o inversión.
En esta etapa el dinero y los activos vuelven a circular en la economía de un país, puesto que da la impresión que se obtuvo legalmente, es decir que el dinero liquido se convierte en cuentas bancarias, en bienes muebles o inmuebles, o en negocios de fachada al transferir los fondos o activos lavados a organizaciones o empresas que realizan actividades legales y que aparentemente no tienen vinculo con el delito organizado.
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